Instalar un punto de recarga en la comunidad de vecinos
Para instalar un punto de recarga en la comunidad de vecinos basta con que el propietario comunique por escrito su intención a la comunidad: la ley reconoce el derecho a instalar un cargador en la plaza de garaje de uso privativo sin necesidad de aprobación en junta, asumiendo el propietario el coste de la instalación.
Instalar un cargador en un garaje comunitario es más sencillo de lo que muchos vecinos creen. La normativa de propiedad horizontal facilita el proceso para favorecer la movilidad eléctrica.
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La normativa de propiedad horizontal contempla el derecho del propietario a instalar un punto de recarga para su vehículo eléctrico en su plaza de garaje de uso privativo. No se necesita el acuerdo de la junta de propietarios: basta con comunicarlo previamente a la comunidad.
El propietario que instala el cargador asume el coste de la instalación y del consumo eléctrico asociado a su punto.
¿Cuáles son los pasos para instalarlo?
El primer paso es comunicar por escrito a la comunidad (al presidente o al administrador) la intención de instalar el punto de recarga. A partir de ahí, conviene contar con un instalador especializado que realice una visita técnica al garaje.
El instalador valora el recorrido del cableado, el punto de conexión y el contador divisionario que individualiza el consumo, y ejecuta la instalación con sus protecciones.
¿Qué solución técnica se usa en un garaje comunitario?
En un garaje comunitario, lo habitual es instalar el wallbox en la plaza privativa y conectarlo de forma que el consumo se mida con un contador propio, de modo que cada usuario pague solo su electricidad.
Cuando varias plazas prevén instalar cargadores, suele ser más eficiente plantear una preinstalación común. Un instalador especializado puede diseñar la solución más adecuada para el garaje.
Preguntas frecuentes
¿Necesito que la comunidad apruebe el cargador?
No. Para instalarlo en tu plaza de uso privativo basta con comunicarlo por escrito a la comunidad; no se requiere votación ni aprobación en junta.
¿Quién paga la instalación?
El propietario que solicita el punto de recarga asume el coste de la instalación y de su consumo eléctrico. La comunidad no tiene que costearlo.
¿Puede la comunidad oponerse?
La comunidad no puede impedir la instalación en una plaza privativa, aunque sí puede proponer una solución técnica común si va a haber varios cargadores.
¿Cómo se mide mi consumo?
Lo habitual es instalar un contador divisionario que individualiza el consumo de cada punto, de modo que cada usuario paga solo su electricidad.
¿Y si hay varios vecinos interesados?
Si varios vecinos quieren cargador, suele ser más eficiente una preinstalación común. Un instalador especializado puede diseñarla para que cada plaza se conecte fácilmente.